Proceso de Insolvencia en el CAC
¿Cómo es el proceso de insolvencia para personas naturales no comerciantes en el CAC?
Para iniciar este proceso debe cumplir con 4 requisitos
- Ser persona natural no comerciante (esto implica que no debe realizar en la actualidad actividades de carácter mercantil)
- Encontrarse en cesación de pagos, lo que significa estar en mora por más de 90 días con dos o más acreedores; o tener 2 o más procesos judiciales en contra
- Del pasivo total a cargo del deudor, por lo menos el 50% debe estar en cesación de pagos (mora de más de 90 días)
- Estar domiciliado en la ciudad de Bogotá.
El Centro atenderá trámites cuyo monto de capital de los créditos a cargo del deudor, de conformidad con la relación de acreedores, sea superior a 1.000,91 UVT ($ 38.038.584)
*Valor en pesos correspondientes a 2022.
Si cumple con los requisitos y desea iniciar el proceso con el Centro de Arbitraje y Conciliación debe:
- Realizar la solicitud haciendo clic aquí.
- Una vez recibida su solicitud y el CAC le informe el monto a pagar. Tiene 5 días hábiles para realizar el pago.
- El tramite dura 60 días hábiles, prorrogables por 30 días más.
- El CAC le brinda orientación de un profesional en temas de insolvencia de forma gratuita para la radicación de la solicitud y dar inicio al trámite.
La solicitud para iniciar el trámite de insolvencia de persona natural no comerciante, debe contener la siguiente información:
- Causas de la cesación de pagos
- Propuesta de pago
- Relación de acreedores, en mora y al día (bancos, personas naturales, impuestos, etc.).
- Relación de bienes junto con sus certificados (libertad, tradición, escrituras y otros)
- Relación de procesos judiciales, si los tiene.
- Certificación laboral, de pensión o desempleo.
- Relación del dinero disponible para la propuesta de pago.
- Vigencia de la sociedad conyugal.
- Declaración de personas a cargo y/o cuotas alimentarias fijadas por conciliación o por juzgado.
Establezca acuerdos de pago si tiene dos o más deudas vencidas con más de dos acreedores.