Tarifas

Marco tarifario:

De acuerdo con el Decreto 1885 de 2021, el Centro adopta el siguiente esquema tarifario, para lo cual se tomará en cada caso, como base, el valor de las diferencias objeto del conflicto. El valor resultante comprende tanto los gastos administrativos como los honorarios del conciliador.

Tarifas Conciliación en derecho 2024 
CUANTÍA DE LA PRETENSIÓN SOMETIDA A CONCILIACIÓN (Expresado en Unidad Valor Tributario)CUANTÍA MÍNIMACUANTÍA MÁXIMAUVTTARIFA ANTES DE IVATARIFA INCLUIDO IVA
Indeterminada  11,68$ 549.719$654.166
Menos de 200,18 $ 9.421.4727,51$ 353.458$ 420.615
Entre 200,18 e igual a 325,30 $ 9.421.473$ 15.310.24510,84$ 510.185$ 607.120
Más de 325,30 e igual a 425,39 $ 15.310.246$ 20.020.980 12,75$ 600.079$ 714.094
Más 425,39 e igual a 875,80 $ 20.020.981 $ 41.219.52717,52$ 824.579$ 981.149
Más de 875,80 e igual a 1301,18$ 41.219.528$ 61.240.03720,85$ 981.305$ 1.167.753
Más de 1301,18 e igual a 3027.18$ 61.240.038$ 142.474.227 3,50 %  
Más de 3027.19 e igual a 6632,07$ 142.474.228$ 312.138.3753,50 %  
Más de 6632,08$ 312.138.376$ 909.962.2403,50 %  
 $ 909.962.241 7,5068 $ 42.043.597

 

Pago de una solicitud de conciliación

Si realiza el pago en línea

Tenga en cuenta que para realizar el pago de su solicitud de conciliación con tarjetas débito o crédito, deberá tener habilitado en su navegador el uso de ventanas emergentes.

Si realiza el pago en sedes empresariales Cámara de Comercio de Bogotá
Genere su orden de compra, descárguela, imprímala y pague en cualquiera de las sedes empresariales de la CCB. Para que su orden de compra sea recibida, debe imprimirla con calidad láser para que el código de barras pueda ser leído y no debe estar arrugada o con enmendaduras.

Medios de pago

  • Efectivo
  • Cheque de gerencia
  • Tarjeta débito
  • Tarjeta crédito 
Tarifas de copias
                                                      Concepto                                      Valor incluido IVA

Simple (Folio)

 $327

Auténtica (Folio) $2.611

Certificado de Autenticidad

  
 $14.180
Copia Digital (Folio) $ 132

 

Descargue los

Términos y condiciones Conciliación en Derecho

 *Se informa que la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) fue excluida de la calidad de Gran Contribuyente a partir de la expedición de la Resolución de la DIAN nro. 041 del 30 de enero de 2014, motivo por el cual, los grandes contribuyentes y las entidades estatales que tienen negocios con la Entidad, deberán efectuarnos las respectivas retenciones del impuesto sobre las ventas (retención de IVA 15 %) al momento de la causación o pago del servicio (Artículo 437-2 del Estatuto Tributario) siendo esta la única retención aplicable a la CCB.

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