Cláusula modelo

1 (Reglamento Internacional CCB):
Cualquier disputa que surja de este contrato o en conexión con aquel, incluyendo cualquier asunto relativo a su existencia, validez o terminación, será sometida y resuelta, de manera definitiva, por medio del procedimiento de arbitraje internacional, bajo el Reglamento de Arbitraje Internacional del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, que se considera incorporado a la presente cláusula. 
El número de árbitros será tres. La sede o lugar del arbitraje será [elija el lugar]. El idioma del arbitraje será [elija el idioma]. La ley sustancial aplicable será [elija la ley]. El procedimiento será administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.


2 (Reglamento UNCITRAL):
Cualquier disputa que surja de este contrato o en conexión con aquel, incluyendo cualquier asunto relativo a su existencia, validez o terminación, será sometida y resuelta, de manera definitiva, por medio del procedimiento de arbitraje internacional, administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, bajo el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, que se considera incorporado a la presente cláusula.
El Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá será la autoridad nominadora del Tribunal. La sede o lugar del arbitraje será [elija el lugar]. El idioma del arbitraje será [elija el idioma]. La ley sustancial aplicable será [elija la ley]. 

 

Cláusula modelo para arbitraje acelerado

Cualquier disputa que surja de este contrato o en conexión con aquel, incluyendo cualquier asunto relativo a su existencia, validez o terminación, será sometida y resuelta, de manera definitiva, por un tribunal arbitral internacional unipersonal, administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, bajo el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional para Arbitraje Acelerado, versión 2021, que se considera incorporado a la presente cláusula.

El Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá será la autoridad nominadora del Tribunal. La sede o lugar del arbitraje será [elija el lugar]. El idioma del arbitraje será [elija el idioma]. La ley sustancial aplicable será [elija la ley].