A través de esta herramienta, podrá consultar el valor de su trámite arbitral.
Tenga en cuenta que:
- Los trámites arbitrales que sean iniciados con posterioridad al 12 de octubre de 2012, se rigen por la Ley 1563 de 2012 (nuevo Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional).
- Los arbitrajes con tarifas legales se regirán por lo dispuesto en el Decreto 1069 de 2015 y Decreto 1885 de 2021.
- Los arbitrajes con tarifas institucionales se regirán por lo dispuesto en el Reglamento del Centro de Arbitraje y Conciliación.
- Los valores resultantes de aplicar las diferentes tarifas deben adicionarse con el IVA vigente.
- Ingrese al tarifador aquí.