Acuerdos de apoyo y directivas anticipadas

De conformidad con lo dispuesto por la Ley 1996 de 2019 y el Decreto 1429 de 2020, se establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad.

Para acceder al servicio en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, regístrese a continuación:

  • ¿Por qué surge el servicio?

Los servicios contemplados en la Ley 1996 de 2019 para suscribir acuerdos de apoyo y directivas anticipadas surgen para garantizar el respeto de la dignidad humana, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, la independencia de las personas y, finalmente, el derecho a la no discriminación; dichos principios y derechos se encuentran establecidos en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, ratificada por Colombia, con la que se busca eliminar modelos de prescindencia para convertir a la persona con discapacidad en el centro y protagonista de su proyecto de vida.

  • ¿Qué busca?

Que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a tomar decisiones y que sean respetadas en la celebración de actos jurídicos.

  • ¿Cómo funciona?

Por medio de la realización de los siguientes actos jurídicos:

1. Celebrando un acuerdo de apoyo: los acuerdos de apoyo permiten que una persona mayor de edad formalice la designación de la o las personas, naturales o jurídicas, que le asistirán en la toma de decisiones respecto a uno o más actos jurídicos determinados (servicio que prestará el CAC-CCB).

2. Suscribiendo una directiva anticipada: mediante la cual se establece la expresión de su voluntad y sus preferencias en decisiones relativas a uno o varios actos jurídicos, con antelación a los mismos (servicio que prestará el CAC-CCB).

3. Solicitando al/a la juez/a que designe apoyos: a través de un proceso de jurisdicción voluntaria o verbal sumario.

  • ¿Cómo acceder a él?

Los acuerdos de apoyo y las directivas anticipadas podrán suscribirlos las personas con discapacidad en compañía de las personas que estarán como apoyos para determinado acto jurídico y lo podrán realizar ante los/as conciliadores/as extrajudiciales en Derecho inscritos/as en los Centros de Conciliación y notarios. 

Lineamientos del servicio

 

  • Costos

La ley establece la tarifa definida para trámites sin cuantía, establecida para el 2024 en $654.166 en el Centro de Arbitraje y Conciliación CCB. 

 

 

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