¿Cómo radicar una demanda de arbitraje o solicitud de amigable composición?

La radicación de la demanda o solicitud es un proceso que debe cumplir con los requisitos exigidos por la ley.

Ingrese al Módulo de radicación de demandas de arbitraje nacional y solicitudes de amigable composición aquí.

¿Cómo es el proceso de un arbitraje en el CAC?

Existen dos formas de llevar el caso en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. En la primera, las partes se acogen al Reglamento del Centro, el cual cuenta con ventajas en términos y costos; o por el contrario, las partes se acogen a lo dispuesto en el Estatuto Arbitral o Ley 1563 de 2012.

1. Al radicar la demanda se deben pagar unos costos iniciales que dependen de la cuantía de las pretensiones:
De conformidad con el Decreto 1885 de 30 de diciembre de 2021: 

  • Para cuantías inferiores a los 400 SMMLV el costo de radicación es de 25,02 UVT más el IVA: $1.401.304 (IVA incluido)
  • Para cuantías superiores a los 400 SMMLV o cuando las pretensiones son indeterminadas, el costo de radicación es de 50,05 UVT más IVA: $2.803.168 (IVA incluido)

De conformidad con el Reglamento General del Centro de Arbitraje y Conciliación para las demandas de arbitraje nacional abreviado el costo de los gastos iniciales corresponde a 25,02 UVT más IVA: $1.401.304 (IVA incluido).

2. La radicación de la demanda podrá realizarse a través de la plataforma virtual, cuyo enlace lo encuentra en la parte superior, o, a través del correo electrónico radicaciondocumentoscac@ccb.org.co. No habrá restricción de horario. Si se trata de un arbitraje abreviado o social, la radicación será únicamente a través de correo electrónico.

3. Presentar la demanda de la siguiente manera:

Puede consultar el modelo de demanda aquí.

Plataforma virtual y correo electrónico:

  • Adjuntar por separado escrito de demanda o solicitud, poder, si aplica, certificados de existencia y representación legal, pruebas que se aportan y el pacto arbitral. 
  • Para las demandas de arbitraje abreviado, deberá incluir índice en el que especifique el número del documento, fecha, descripción y el hecho que pretende probar.
  • Enumerar los documentos enviados en formato PDF. 
  • Podrá adjuntar archivos que no superen 15 GB, si es mayor el peso, podrá remitir el link de acceso a la herramienta como OneDrive, WeTransfer, Dropbox o cualquier otra forma de transferencia de datos.
  • Tenga en cuenta las pautas para el aporte de documentos indicados en la Modificación Circular informativa expediente 21-12-2022.
  • Los gastos iniciales podrán ser pagados en línea cuando se haga uso de la herramienta de radicación virtual o en el Banco BBVA teniendo en cuenta las siguientes disposiciones.
OpcionesDetalles
1CORRESPONSALES BANCARIOS A NIVEL NACIONAL: 
PAGATODO Y SUPERGIROS

Recaudo de BBVA al código 7971 denominado CAMARA DE COMERCIO

2TRANSFERENCIA DESDE UNA CUENTA BBVATipo de cuenta: CORRIENTE 
No. de cuenta: 309010056
NIT beneficiario de la transferencia: 860.007.322-9
3RECAUDO MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA DESDE OTRO BANCOBanco: BBVA 
Tipo de Cuenta: CORRIENTE 
No. de cuenta (SE COLOCA EL NUMERO DE CONVENIO): 35387 
NIT beneficiario de la transferencia: 860.007.322-9
4PARA RECAUDOS ÚNICAMENTE CON CHEQUE Paso 1. Podrás realizarlo en las oficinas de BBVA. 
Paso 2. indícale al cajero que realizarás un recaudo de BBVA en CHEQUE al código 38668 denominado CCB CONVENIO CHEQUES. 
Paso 3. Indícale al cajero las referencias que solicite y él entregará un comprobante de dicha transacción una vez se procese el recaudo en el sistema

 

Dado que la demanda y sus anexos se radicaron mediante mensaje de datos, no es necesario aportar documentos para el archivo y traslado.

Recuerde que el artículo 6 de la Ley 2213 de 2022 establece que el demandante, al presentar la demanda, simultáneamente deberá enviar por medio electrónico copia de ella y de sus anexos a los demandados, salvo cuando se soliciten medidas cautelares previas o se desconozca el lugar donde recibirá notificaciones el demandado. 

Se les recuerda a las partes, tener presente lo dispuesto en el artículo 4.5 del Reglamento Abreviado del Centro. 

Para cualquier duda o solicitud que tenga al momento de radicar la demanda puede comunicarse al correo radicaciondocumentoscac@ccb.org.co.

*Se sugiere que los certificados de existencia y representación legal de las partes, tanto demandante como demandado, tengan una vigencia inferior a 30 días calendario, esto para facilitar las comunicaciones a que haya lugar en el trámite arbitral.

Nota: en aquellas demandas en que una de las partes sea una entidad pública o en la cual el Estado tenga participación debe acompañarse una copia de la convocatoria para el Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (esta última puede ser en medio magnético).

 

UVT 2024$ 47.065 

CONCEPTO

UVT

BASE

IVA

TOTAL

CÓDIGO

Gastos iniciales

Arbitraje Menor Cuantía

(25,02 UVT + IVA)

25,02$ 1.177.566$ 223.738$ 1.401.3045040008

Gastos iniciales

Arbitraje Mayor Cuantía

(50,05 UVT + IVA)

50,05$ 2.355.603$ 447.565$ 2.803.1685040007

Gastos iniciales

Arbitraje Cuantía Indeterminada

(50,05 UVT + IVA)

50,05

$ 2.355.603

$ 447.565$ 2.803.1685040009

 

En caso de que se encuentre en el exterior y desee realizar su pago escríbanos a infocac@ccb.org.co.

Si el arbitraje es llevado por el reglamento interno de arbitraje del CAC se pueden presentar variaciones en los términos.

Tenga en cuenta:

 

Infografía Art. 62 2022 Arbitraje N e I

Protección de datos

De acuerdo con la información entregada a la parte demandante al momento de radicar la demanda, con la apertura del proceso y la radicación de los documentos y amparados en el Código General del Proceso Ley 1564 de 2012, el demandante autoriza a La Cámara de Comercio de Bogotá – CCB, identificada con NIT. 860.007.322-9, domiciliada en Bogotá – Colombia en la Avenida El Dorado No. 68D-35, teléfono 601 3830330 y página web www.ccb.org.co, para que como responsable del tratamiento de sus datos personales, y los de su apoderado, los recolecte, almacene, use y circule para llevar a cabo todas las actividades relacionadas con la ejecución del proceso mediante llamadas, SMS, correos electrónicos, aplicaciones de mensajería instantánea o web y correspondencia física. Es posible consultar la Políticas de Protección de Datos Personales de la CCB en www.ccb.org.co/proteccion-de-datos-personales. Para resolver dudas e inquietudes relacionadas con el tratamiento de los datos, presentar solicitudes y/o ejercer los derechos como titular de la información, se puede escribir al correo protecciondedatos@ccb.org.co o en cualquiera de las sedes de la CCB, cumpliendo con los descrito en el Artículo 2.2.2.25.4.1 del Decreto 1074 de 2015. Los derechos como titular de datos personales son: (i) Acceder en forma gratuita a los datos proporcionados que hayan sido objeto de tratamiento. (ii) Conocer, actualizar y rectificar su información frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o a aquellos cuyo tratamiento esté prohibido o no haya sido autorizado. (iii) Solicitar prueba de la autorización otorgada, (iv) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente, (v) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato, siempre que no exista un deber legal o contractual que impida eliminarlos, (vi) Abstenerse de responder las preguntas sobre datos sensibles o de menores de edad.

 

 

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