Mediación nacional e internacional

 
¿Qué es?

Es un mecanismo de resolución de disputas en el cual las partes solicitan a un tercero o terceros ("mediador"), para que les preste asistencia en su intento para llegar a un arreglo amistoso, de una controversia derivada de una relación contractual u otro tipo de relación jurídica o vinculada a ellas. La asistencia imparcial del tercero intermedia y acerca las posiciones y posturas de las partes.

La mediación puede ser nacional o internacional. De conformidad con el Reglamento, la Mediación será internacional cuando:

a) Las partes de la mediación, al momento de la presentación de la solicitud de mediación o al momento en que surge el conflicto, tengan sus domicilios en Estados diferentes; o
b) El lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones o el lugar con el cual el objeto de la controversia tenga una relación más estrecha, está situado fuera del Estado en el cual las partes tienen sus domicilios.

Consulte nuestro Reglamento de Mediación nacional e internacional aquí.

¿Cómo presento una solicitud de mediación?

La parte o las partes que deseen solucionar sus controversias por la vía de la mediación, deberán enviar la solicitud del servicio al correo mediacioncac@ccb.org.co, el cual debe cumplir con los requisitos dispuestos en el Reglamento de Mediación Nacional e Internacional, particularmente del artículo 2.2 si se trata de una mediación nacional o del artículo 3.2. si se trata de una mediación internacional.

 

Si presenta alguna inquietud por favor contactarse a estos correos electrónicos: adriana.rodriguez@ccb.org.co - jimena.ariza@ccb.org.co