Sorteo de árbitros

Las partes tienen la opción de escoger, de mutuo acuerdo, el o los árbitros (máximo 3). 

Para cuantías mayores a 400 SMMLV se escogen los árbitros de la lista A; para cuantías inferiores a 400 SMMLV se seleccionan los árbitros de la lista B. 

También pueden delegar esta escogencia al CAC que designa a los árbitros mediante sorteo público de los miembros de las listas, de acuerdo con la cuantía y la especialidad del caso. El sorteo se realiza por medio de un software especializado y cuenta con la presencia de una auditoría interna de la CCB y externa.
 

Le puede interesar
Destacado
Arbitraje internacional

Ofrecemos una administración flexible de procesos de arbitraje internacional, hechos a la medida de las necesidades que hoy demandan las relaciones comerciales globales